CONSTITUCIONES DE COLOMBIA
Linea de Tiempo: 1810 -1991



1810/Ago/15 - Constitución del Estado Libre e Independiente del Socorro
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Consagra el federalismo, la libertad de los esclavos y la abolición de resguardos.

“El pueblo del Socorro, vejado y oprimido por las autoridades del antiguo Gobierno, y no hallando protección en las leyes que vanamente reclamaba, se vio obligado en los días nueve y diez de julio de mil ochocientos diez a repeler la fuerza con la fuerza. En consecuencia de estos principios la Junta del Socorro, representando al pueblo que la ha establecido, pone por bases fundamentales de su CONSTITUCIÓN los cánones siguientes:
1. La Religión cristiana que uniendo a los hombres por la caridad, los hace dichosos sobre la tierra, y los consuela con la esperanza de una eterna felicidad.
2. Nadie será molestado en su persona o en su propiedad sino por la ley.
3. Todo hombre vivirá del fruto de su industria y trabajo…
4. La tierra es el patrimonio del hombre que debe fecundar con el sudor de su frente, y así una generación no podrá limitar o privar de su libre uso a las generaciones venideras con las vinculaciones, mayorazgos y demás trabas contrarias a la naturaleza y sagrado derecho de propiedad y a las leyes de la sucesión. […]
7. Toda autoridad que se perpetúa está expuesta a erigirse en tiranía.
14. El Gobierno del Socorro dará auxilio y protección a todo pueblo que quiera reunírsele a gozar de los bienes que ofrecen la libertad e igualdad que ofrecemos como principios fundamentales de nuestra felicidad. […].



1811/Mar/30 - Constitución de Cundinamarca
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Declara que la provincia de Cundinamarca se erige en Monarquía.

"En esta constitución predomina el conservatismo de las leyes sobre todo del tipo agrario. Se conformó lo que podría llamarse la primera Asamblea Nacional Constituyente y Congreso a la vez en Santa Fe de Bogotá. Estaba basada en la de Estados Unidos de Norteamérica. Esta asamblea- congreso nombra al segundo jefe de estado, el señor Jorge Tadeo Lozano por un período de tres años; sin embargo, por presiones y desacuerdos, la asamblea-congreso lo hace dimitir el 19 de Septiembre de 1811 y nombra a cambio a Antonio Nariño".



1811/Nov/27 - Acta de Federación de las Provincias Unidas.

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"Fueron constituciones locales de tipo federalista, tratando de desprenderse del gobierno de Cundinamarca pero no de la iglesia. Las provincias que hicieron parte de esta constitución fueron: Cartagena, Tunja, Casanare, Pamplona y Popayán. Artículo 4.- En todas y cada una de las provincias unidas de la Nueva Granada se conservará la santa religión Católica, Apostólica, Romana, en toda su pureza e integridad.
Constitución De La República De Tunja (9 De Diciembre De 1811) - Se establece en esta constitución en sus dos primeros capítulos, lo relativo a los derechos y deberes del hombre en sociedad. - En cuanto a la forma de gobierno establece que será la que expresamente delegue el Congreso General de la Nueva Granada o el de las Provincias Unidas. El gobierno sería popular y representativo. Firman este tratado Antonio Nariño, presidente del Estado; Manuel Benito de Castro, Consejero; José Diago, Consejero; Frutos Joaquín Gutiérrez y José María del Castillo."



1811/Dic/9 - Promulgada Constitución de la República de Tunja.
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"Dentro del escenario histórico y constitucional de Colombia, la Constitución de la República de Tunja de 1811, es un pacto central y fundamental para la consolidación de las ideas de corte neogranadino que nace a través de la proclamación del Congreso de las Provincias Unidas, cuyo enfoque principal es el papel de la emancipación, independencia y consagración de derechos del individuo, organización económica, política y social de los poderes públicos y esquematización de ideologías recogidas de las épocas de las Revoluciones Francesa, Inglesa y Norteamericana, con el objeto de establecer el día nueve (09) de diciembre de mil ochocientos once (1811), en la provincia de Tunja, un esquema federalista y capital central de la revolución de independencia en contra del régimen del Virreinato y la Corona Española, en la época de estabilización de un orden social y consolidación de Estado Provincial y de punto central de la revolución."


1812/Mar/21 - Constitución del Estado de Antioquia - En Rionegro

"Sancionada por los representantes de toda la provincia y aceptada por el pueblo el 3 de mayo del año de 1812
Título I. Preliminares y Bases de la Constitución
Sección Primera. Preliminares
Los representantes de la Provincia de Antioquia en el Nuevo Reino de Granada, plenamente autorizados por el pueblo, para darla una Constitución que garantice a todos los ciudadanos su Libertad, Igualdad, Seguridad y Propiedad: convencidos de que abdicada la Corona, reducidas a cautiverio, sin esperanza de postliminio las personas que gozaban el carácter de soberanas, disuelto el Gobierno que ellas mantenían durante el ejercicio de sus funciones, devueltas a los españoles de ambos hemisferios las prerrogativas de su libre naturaleza, y a los pueblos las del Contrato Social, todos los de la nación, y entre ellos el de la Provincia de Antioquia, reasumieron la soberanía, y recobraron sus derechos: íntimamente persuadidos que los gobiernos de España por su estado actual, y por su inmensa distancia es imposible que nos liberten de la tiranía y del despotismo, ni que cumplan con las condiciones esenciales de nuestra asociación: viendo, en fin, que la expresión de la voluntad general manifestada solemnemente por los pueblos, es de que usando de los imprescriptibles derechos concedidos al hombre por el Autor Supremo de la Naturaleza, se les constituya un gobierno sabio, liberal y doméstico, para que les mantenga en paz, les administre justicia y les defienda contra todos los ataques así interiores como exteriores, según lo exigen las bases fundamentales del Pacto Social, y de toda institución política: después de un maduro examen, y profundas reflexiones, hemos acordado y convenido en los Artículos siguientes(...)"


1821/Jul/12 - Congreso de Cúcuta
Constitución de la República de Colombia.
Conformada por tres grandes departamentos: Cundinamarca, Venezuela, Quito. (ver más información)

"Promulgó la liberación progresiva de la esclavitud. Acabó con la Inquisición e hizo reformas relativas a los obispos, arzobispos y algunos bienes de la Iglesia. El Gobierno de Colombia se declaró popular y representativo.
Fue el resultado del Congreso de Cúcuta que se desarrollo el 30 de agosto de 1821 y cuyo objetivo principal fue crear la República de la Gran Colombia mediante la unificación de Nueva Granada(Colombia y Panamá) y Venezuela. Posteriormente Ecuador se unió a esta enorme nación.
Tras la Batalla de Carabobo, el 24 de junio de1821, que dio oficialmente la independencia de Venezuela, y luego de la liberación de Caracas, Cartagena, Popayán y Santa Marta, el 18 de Julio se reanudó con mayor ímpetu los trabajos de constitucionales en Cúcuta para incluir las regiones recién emancipadas."


1830/May/5: Promulgada Constitución de la República de Colombia.
Siguió los parámetros de la anterior, pero disminuyó sus rasgos centralistas.

"EN EL NOMBRE DE DIOS, SUPREMO LEGISLADOR DEL UNIVERSO.
Nosotros los Representantes de Colombia, reunidos en Congreso, en uso de los poderes que hemos recibido de los pueblos para constituirla, establecer la forma de su Gobierno y organizarla a los principios políticos que ha profesado, a sus necesidades y deseos; hemos acordado dar la siguiente:

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA. (...)
Título I. De la Nación colombiana y su territorio
Título II. De la religión colombiana
Título III. De los colombianos
Título IV. De los deberes de los colombianos y de sus derechos políticos
Título V. De las Asambleas parroquiales y electorales
Título VI. Del Poder Legislativo
Título VII. Del Poder Ejecutivo
Título VIII. De la Fuerza Armada
Título X. Del régimen interior de la República
Título XI. De los Derechos Civiles y de las garantías
Título XII. De la observancia, interpretación y reforma de la Constitución
Artículos transitorios"


1831/Nov/17 - Ley Fundamental del Estado de la Nueva Granada.

"Nos, los representantes de las provincias del centro de Colombia, reunidos en Convención,
Considerando: Que los pueblos de la antigua Venezuela se han erigido en un Estado independiente;
Considerando: Que en consecuencia los pueblos de la antigua Nueva Granada están en la libertad, y en el deber de organizarse y constituirse de la manera más conforme a su felicidad;
Considerando: Que las provincias del centro de Colombia poseen por sí solas todos los recursos, poder y fuerza necesarios, para existir como un Estado independiente, y para hacer que se respeten sus derechos;
Considerando: Que sin embargo, hay varios intereses, relaciones y deberes que, siendo comunes a ambos pueblos, deben arreglarse por recíprocos convenios, y que, además, es útil promover aquellos pactos de unión, que aseguren de una manera sólida la eterna amistad de los dos pueblos, y que los hagan más fuertes contra sus enemigos;
Considerando, en fin: Que al adoptar esta resolución es de toda justicia dar un testimonio explícito de nuestra buena fe, con respecto a nuestros acreedores nacionales y extranjeros;
Decretamos(...)"


1832/Mar/1 - Constitución de la Nueva Granada.
Refuerza el poder de las provincias.

"¡GRANADINOS!
Al presentaros el libro santo que debe reglar los destinos de la patria, van a cumplir vuestros representantes el deber sagrado de daros cuenta de los principios que los han guiado en su formación, y de los fines saludables que se han propuesto constantemente en todas sus resoluciones. ¡Puedan ellos gloriarse de haber echado la semilla del bien, así como su conciencia les dicta que no han tenido ni tienen más estímulo que la opinión general, ni otro objeto que la libertad y la dicha de los granadinos, y el bienestar universal de los colombianos!
Separadas las secciones del norte y sur de la República de Colombia, era necesario dar nueva vida a la sección del Centro, procurando al mismo tiempo restablecer los lazos que deben unir entre sí a las diversas partes de Colombia. Tal empresa estaba erizada de dificultades. Acontecimientos infaustos habían suspendido las relaciones nacionales: el despotismo o la usurpación habían arrancado en los extremos, actos que la justicia debía también legitimar. A este fin la convención granadina dictó la ley de 21 de noviembre último, que con razón debe llamarse fundamental del Estado. Prolijas discusiones, en que se examinó la cuestión bajo todos sus aspectos, en que no se omitió ninguna de aquellas circunstancias que debieran traerse a la vista, precedieron a la declaratoria de la existencia política del Estado de la Nueva Granada en Colombia. Vuestros representantes os protestan, que si la mayor imparcialidad y buena fe, si el deseo de acertar y el más puro patriotismo son prendas seguras del acierto, vosotros tenéis motivos de esperar que la ley fundamental no puede menos de ser la más conveniente para vuestro bien. (...)
Título I. Del Estado de la Nueva Granada y de los granadinos
Título II. De los ciudadanos de la Nueva Granada
Título III. Del Gobierno de la Nueva Granada
Título IV. De las elecciones
Título V. Del Poder Legislativo
Título VI. Del Poder Ejecutivo
Título VII. Del Poder Judicial
Título IX. De la fuerza armada
Título X. Disposiciones generales
Título XI. Del juramento de los empleados
Título XII. De la interpretación o reforma de esta Constitución, y de la observación de las Leyes
Disposiciones transitorias"


1843/Abr/20 - Constitución Política de la Nueva Granada.
Aunque sigue lineamientos de las anteriores, refuerza los poderes presidenciales.

"REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN.
EN EL NOMBRE DE DIOS PADRE, HIJO Y ESPÍRITU SANTO.
El Senado y Cámara de Representantes de la Nueva Granada, reunidos en Congreso,
Habiendo manifestado la experiencia que varias de las disposiciones de la Constitución acordada por la Convención granadina en el año de 1832, presentan graves inconvenientes en la práctica, y que acerca de otras se han originado dudas por el modo con que están expresadas; por lo que ha venido a ser indispensable reformar unas, añadir o suprimir otras; y,
CONSIDERANDO:
Que haciéndose esto por uno o más actos adicionales se aumentarían las dudas y confusión; y que por tanto es más conveniente hacer la reforma en toda ella, suprimiendo lo que se deroga o varía, y conservando únicamente lo que quede vigente:
En uso de la facultad que la misma Constitución les da en su Título 12.°, han venido en acordar la siguiente reforma de la Constitución Política de la República De la Nueva Granada. (...)
Título I. De la República de la Nueva Granada
Título II. De los ciudadanos
Título III. Del Gobierno de la Nueva Granada
Título IV. De la religión de la República
Título V. De las elecciones
Título VI. Del Poder Legislativo
Título VII. Del Poder Ejecutivo
Título VIII. Del Poder Judicial
Título IX. Del régimen político de las provincias, cantones y distritos parroquiales
Título X. Del régimen municiapl de las provincias, cantones y distritos parroquiales
Título XI. De la responsabilidad de los empleados públicos, y de los juicios que se siguen ante el Senado
Título XII. Disposiciones varias
Título XIII. Del juramento constitucional
Título XIV. De la interpretación o reforma de la Constitución
Disposiciones finales
Ley de 7 de mayo de 1843
Decretos del Poder Ejecutivo"


1853/May/21 - Carta constitucional de la República de la Nueva Granada. Descentralismo.

"En el nombre de Dios, Legislador del Universo, y por autoridad del Pueblo.
El Senado y Cámara de Representantes de la Nueva Granada, reunidos en Congreso; CONSIDERANDO:
Que la Constitución política sancionada en veinte de abril de mil ochocientos cuarenta y tres no satisface cumplidamente los deseos, ni las necesidades de la Nación;
En virtud de la facultad de adicionar y reformar la misma Constitución, que por ella está conferida al Congreso, y procediendo por los trámites y según la extensión de poderes, que permite el acto adicional a la Constitución de 7 de marzo de 1853, decreta la siguiente: Constitución Política de la Nueva Granada.(...)
Capítulo I. De la República de la Nueva Granada y de los granadinos
Capítulo II. Del Gobierno de la República
Capítulo III. De las elecciones
Capítulo IV. Del Poder Legislativo
Capítulo V. Del Poder Ejecutivo
Capítulo VI. De la formación de las Leyes
Capítulo VII. Del Poder Judicial
Capítulo VIII. Del régimen municipal
Capítulo IX. Disposiciones varias "


1858/May/22: Expedida Constitución de la Confederación Granadina.
Divide la república en Estados federales bajo un régimen unitario.

"El País era llamado oficialmente confederación Granadina. Precedida por el entonces presidente Conservador Mariano Ospina Rodríguez. La confederación estaba conformada de ocho estados. Se le otorgó mayor representación y poder ha las provincias: cada estado podía tener atributos legislativos independientes y la posibilidad de elegir su propio presidente.
Se abolió la Vicepresidencia y se reemplazó con la de un designado nombrado por el congreso. El presidente y los senadores serían elegidos por un período de cuatro años y la cámara por dos años."

 


1861/Sep/20 - Suscripción del Pacto de Unión
Con características de Constitución provisional.
Acentúa poderes de los Estados.

"ENTRE LOS ESTADOS SOBERANOS DE BOLÍVAR, BOYACÁ, CAUCA, CUNDINAMARCA, MAGDALENA, SANTANDER Y TOLIMA.
Los infrascritos, Antonio González Carazo, Plenipotenciario por el Estado Soberano de Bolívar; Santos Acosta, Plenipotenciario por el Estado Soberano de Boyacá; Manuel de Jesús Quijano, Plenipotenciario por el Estado Soberano del Cauca; Francisco Javier Zaldúa, Plenipotenciario por el Estado Soberano de Cundinamarca; Manuel Abello, Plenipotenciario por el Estado Soberano del Magdalena; Januario Salgar, Plenipotenciario por el Estado Soberano de Santander, y Antonio Mendoza, Plenipotenciario por el Estado Soberano del Tolima; después de haber canjeado y encontrado en debida forma los plenos poderes de que están revestidos por sus respectivos Gobiernos, y con el fin de proceder a la organización de una nueva asociación política que asegure para siempre el orden, la paz, la libertad y la consolidación del sistema federal, bajo cuyos auspicios desean y quieren fundar su nacionalidad los Estados que representan, y de acuerdo con lo dispuesto en la parte motiva del Tratado de Cartagena de 10 de septiembre de 1860, han convenido en el siguiente: PACTO DE UNIÓN. (...)"


1863/May/8: Constitución de los Estados Unidos de Colombia
Firmada en Ríonegro, Antioquia. Federalista. Preámbulo invoca al pueblo como fuente de autoridad.

"MINISTERIO EJECUTIVO,
Por cuanto la Convención Nacional ha venido en expedir, y las Diputaciones en ratificar a nombre de los Estados Soberanos que representan, la siguiente: CONSTITUCIÓN POLÍTICA.
La Convención Nacional, en nombre y por autorización del Pueblo y de los Estados Unidos Colombianos que representa, ha venido en decretar la siguiente: CONSTITUCIÓN POLÍTICA. (...)
Capítulo I. La Nación
Capítulo II. Bases de la Unión
Capítulo III. Bienes y cargas de la Unión
Capítulo IV. Colombianos y extranjeros
Capítulo V. Gobierno general
Capítulo VI. Poder Legislativo
Capítulo VII. Poder Ejecutivo
Capítulo VIII. Poder Judicial
Capítulo IX. Ministerio público
Capítulo X. Elecciones
Capítulo XI. Disposiciones varias
Capítulo XII. Reforma
CapítuloXIII. Régimen
Acto constitucional transitorio
Ratificación de la Constitución
Acta de Ratificación
Ratificación del Acto Constitucional Transitorio"


1886/Ago/4 - Constitución de la República de Colombia.
Carácter centralista, presidencialista, autoritario y confesional.

"La constitución de 1886 permaneció vigente por más de cien años guiando el mandato de veintitrés presidentes de la República. Programa nacional de Regeneración que cambió al país de un sistema federal descentralizado a un sistema centralizado con una presidencia central fuerte. El período presidencial cambió de dos a seis años. El presidente de la República es elegido por el Congreso. El presidente estatal fue renombrado gobernador el cual de ese momento en adelante era nombrado por el presidente de la República y elegía los alcaldes de su departamento, excepto el alcalde de Bogotá que era elegido por el presidente.
La coalición de Conservadores y Liberales moderados que dio término a la hegemonía liberal y que llevó al poder a Rafael Núñez desmontó la Constitución de Riónegro. El país es llamado oficialmente República de Colombia. La Asamblea Constituyente fue conformada por delegatarios de los nueve estados: dos por cada estado".


1991/Jul/4 - Sancionada nueva Constitución.
Enfasis en derechos y libertades fundamentales.

"Es la actual carta magna de la República de Colombia. Derogó a la Constitución de 1886. También se ha empezado a conocer con el nombre de "Constitución de los Derechos Humanos". Fue promulgada en Bogotá el 4 de julio de 1991.
Principales puntos
La Constitución Política, reemplazó al Código Civil de Bello, como principal fuente de derecho en Colombia, mutando su condición de mundo referente programático, a una parte viva del derecho.
Como novedades, se resaltan las siguientes:
De la supremacía e integridad de la Constitución: en virtud de estas funciones, decide sobre las demandas de inconstitucionalidad que presenten los ciudadanos en acción pública contra las leyes, decretos legislativos, leyes aprobatorias de tratados internacionales, convocatorias a referendo o asamblea constituyente y contra las decisiones judiciales relacionadas con la acción de tutela de los derechos constitucionales, a manera de revisión, con el objetivo de unificar jurisprudencia y establecer precedente judicial obligatorio, lo que en la actualidad se conoce como Doctrina Constitucional.
Se instituye la democracia participativa sustituyendo a la democracia representativa.
Se instituye, además la acción de tutela como un mecanismo expédito y efectivo para que los ciudadanos puedan hacer valer susderechos fundamentales a partir del artículo 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948. Se sustituye el Estado de sitio por el Estado de excepción y Guerra externa.
En su artículo 53, se crean obligaciones fundamentales relacionadas con los derechos laborales, tales como la libre asociación, el derecho de huelga, y el principio de In dubio pro operario, los cuales, dado su carácter ya mencionado, son susceptibles de protección, a través de la acción de tutela. En la misma oportunidad se obliga al Estado a expedir el Estatuto del Trabajo.

 

 

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